Gobierno Nacional incumple normas básicas de derecho laboral del sector universitario.
MPPEUCT-OPSU, crea precariedad a los trabajadores universitarios utilizando la pobreza salarial como instrumento discriminatorio.
"Chavez está muerto, la pobreza es mayor"!. Este debe ser el lema de la propaganda gubernamental en lugar del ofensivo "Chavez vive, la lucha sigue!. Cuando se analizan las condiciones de vida de la población venezolana y en especial del sector universitario, sus trabajadores; sacrificando dia a dia la adversidad para acudir a sus trabajos a cumplir su jornada, tomar un transporte, alimentarse, vestirse, arreglar su auto deteriorado por la pobreza de repuestos, refacciones y en angustia por las carencias de seguridad social y medicinas para los trabajadores y sus familias, afectadas con la manera y forma de aplicar las decisiones de la administración del MPPEUCT_OPSU, como responsable de la función administrativa de la universidad venezolana, probada, comprometida y eficiente en su formación de profesionales calificados para el país. Esta verdad indiscutible y de enorme rabieta para la propaganda oficialista, empecinada, en su política destructiva de la nación y de sus instituciones, apenas sostiene en terca permanencia un "hara kiri" con su asfixia presupuestaria, financiera, y salarial con el sector universitario.
El ejemplo vivo se aprecia en las tablas salariales ofrecidas, revisadas, vueltas a ofrecer, rechazadas, de nuevo revisadas y vueltas a ofertar, siempre violentando la propia normativa discriminatoria que el MPPEUCT y sus funcionarios carentes de conocimiento y sensibilidad, ejecutan en contra de las Universidades y sus trabajadores. Para ello presento un ejercicio por mi realizado y que habla por si mismo. Veamos que ocurre si aplicamos la norma contenida en la IIICCU, el respeto por los porcentajes naturales del tabulador de salarios del sector universitario y el anuncio de incremento del 1º de mayo por el Presiente Maduro. Esto debe llamarse, la aplicación real de los contenidos normativos a los salarios de los trabajadores universitarios. Veamos:
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Básico SM
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Cargo
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Titular
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446.308,91
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1.115.771,37
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Asociado
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357.047,66
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892.618,49
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Agregado
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292.662,12
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731.655,18
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Asistente
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243.885,61
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609.713,24
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Instructor
Aux. Doc.III
Aux. Doc II
Aux. Doc. I
Prof. Nivel
15
Prof. Nivel
14
Prof. Nivel
13
Prof. Nivel
12
Prof. Nivel
11
Técnico
Nivel 10
Técnico
Nivel 9
Técnico
Nivel 8
Técnico
Nivel 7
Técnico
Nivel 6
Apoyo Nivel
5
Apoyo Nivel
4
Apoyo Nivel
3
Apoyo Nivel
2
Apoyo Nivel
1
Obrero Nivel
7
Obrero Nivel
6
Obrero Nivel
5
Obrero Nivel
4
Obrero
Nivel1,2,3
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203.238,08
54.792,18
45.660,90
38.050,50
169.365,40
143.530,62
121.636,80
103.082,26
87.358,99
74.033,33
62.740,74
53.170,80
45.070,61
38.187,30
32.362,81
27.426,74
23.243,67
21.723,96
18.410,90
15.755,75
14.725,36
13.762,37
12.862,47
12.021,45
|
508.095,12
136.980,27
114.151,35
95.125,75
423.413,10
358.825.93
304.409,12
257.705,39
218.396,48
185.082,99
156.851,11
132.925,00
112.651,06
95.467,95
80.906,31
68.566,11
58.108,50
54.508,94
46.026,35
39.388,62
36.812,50
34.405,55
32.155,75
30.052,50
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Esta Interescala ha sido
construida, aplicando el contenido normativo dispuesto en la IIICCU y el
incremento de salario del 1º de mayo. En
la primera columna, se calcula el punto de partida de 3.5 salarios mínimos a
partir del cual arranca el cargo de obrero nivel 1. Luego se calcula un 7% para
ser añadido al cargo que sigue, luego el 18% a los empleados y 20%, 22% y 25% a
los docentes. Estos valores de porcentajes, son los que corresponden al
tabulador de salarios originalmente pautado para el sector universitario, antes
de que se hiciera el manejo de los aumentos unilaterales, a partir de la
gestión del entonces ministro Samuel Moncada, quien inicia creando incrementos
diferenciales para cada sector de trabajadores e irrespetando los diferenciales
entre los niveles de cargos. Para esta
escala se toma el criterio de la FTUV de unificar los niveles 1,2 y 3 iniciales
de obreros para un mismo rango de pago básico, ya que los 3.5 SM corresponden a
Bs. 10.500.000 a lo cual se le agrega un 7% para el nivel 2 y de lo obtenido se
calcula un 7% para obtener el nivel 3, el cual es el que aparece como sueldo de
inicio de la interescala. Luego de obtener la interescala de la columna como
sueldo básico, se le aplica el 150% y se obtiene el incremento real que nos
toca recibir legalmente. Es lo contenido en la norma, no hay pedimentos
extraños ni metafísicos. El porcentaje obtenido a ser aplicado es el resultado
de rebajar, de acuerdo a la cláusula de contingencia, Nº 150 de la IICCU y la IIICCU, del total de incremento
del salario mínimo de 255% el 25% de Enero, no otorgado y el 50% de abril
aprobado para nuestro sector, para un total de 75% lo cual permite redondear un
porcentaje del 150% a ser aplicado a la interescala donde aparece reflejado el
nuevo sueldo luego de aplicarle al básico de la interescala el 150% que nos corresponde. No hay manejo extraño.
Esta interescala resulta de respetar los diferenciales históricos al tabulador
de salarios del sector universitario, que ha venido manipulando el MPPEUCT,
modificando su valor entre cargos para estrechar las clasificaciones del
tabulador original, construido en base a las valoraciones de cargo para cada
nivel.
Lo primero que debemos notar en estos cálculos objetivos,
reales y totalmente válidos, es el
engaño y manipulación que ha hecho la OPSU y el MPPEUCT con las remuneraciones
del sector Universitario.
En primer lugar, luego de los
incrementos acordados en el 2017, la interescala de salarios parte de 2
salarios mínimos más, a partir del cual se inicia con el primer cargo
correspondiente a Obrero 1,2 y 3, con el salario del cargo 3, que explicamos
anteriormente.
A partir de enero 2018, se acordó
en la IIICCU, agregar 0,5 salario mínimo, lo cual equivale a un acuerdo de
iniciar con 2,5 más, total 3,5 SM y aplicar luego un 25%. Esto no se hizo, solo
se aplicó el ajuste decretado por el Gobierno, para esa fecha. Se añaden los
aumentos de Enero 40%, Marzo 60%, Abril (para el sector universitario
solamente) de 50% y Mayo de 255%. Esta cifra se obtiene de tomar en cuenta el
salario mínimo de Marzo de Bs.392.646, el cual pasa a 1.000.000 de Bs. con el
incremento. El Presidente Maduro, en una truculencia propia del gobierno,
anuncia que el incremento es del 95%, porque contabiliza, la sumatoria de la
bonificación de cesta ticket que pasa de Bs.915.000 a Bs. 1.555.500, lo cual da
un total de 2.555.500 de ingreso integral, el cual comparado con el anterior
ingreso integral de Bs.1.307.648, equivale a ese 95%. Pero es truculento, por
cuanto el incremento a los fines de la IIICCU, no es el ingreso integral sino
el salario mínimo, la referencia que debe ser aplicada para impactar los
efectos de porcentaje de aumento para la interescala de manera lineal, luego de
corregirse la nueva ubicación de los salarios mínimos que nos corresponden. De
igual manera, hemos de señalar, que la actual interescala que ha sido
presentada por la OPSU-MPPEUCT y la FTUV gremio oficialista, no contempla los
porcentajes que se corresponden con la diferenciación de los grados y cargos
del tabulador de salarios del sector de trabajadores de la educación
Universitaria, la cual contempla, históricamente, que a partir del primer cargo
de obrero nivel 1, debe sumarse un 7% más, para conformar el cargo de obrero
nivel 2. Así sucesivamente, hasta llegar al grado 7. Luego el primer cargo de
empleados, correspondiente al de Apoyo Nivel 1, se construye, sumando al sueldo
del Obrero Nivel 7 un 18%, continuando con las diferencias en cada nivel sobre
este agregado de 18% para cada cargo, hasta llegar al Profesional nivel 15. A
partir de allí, se suma al cargo del profesional nivel 15 un 20% de la
remuneración, que corresponde al cargo de Instructor, continuando con los
cargos de asistente y agregado por igual porcentaje del 20% que se suma a los cargos correspondientes a
la categoría de asistente y agregado. Luego, para los cargos de Profesor
Asociado de agrega un 22% y de este resultado un 25% para el sueldo del
profesor titular.
Estos porcentajes han sido
irrespetados. En la presente interescala, solo estamos aplicando las normativas
contractuales contenidas en actas convenios, así como la norma de la IIICCU
relativa a la observancia de considerar los 3.5 salario mínimos a partir de los
cuales se comienza con la interescala del tabulador y el derecho emanado del
porcentaje de aumento del 1º de Mayo, decretado por el Presidente Maduro. Todo
esto es normativa vigente, acordada; que el gobierno incumple con alevosía y
con ayuda de sus agentes.
De igual manera, demostrar que la
utilización del argumento de partir de 4.48, 4.76, o 9 salarios mínimos;
incluso 10 SM, es una manera de burlar el mecanismo que debe ser aplicado, y el
desconocimiento que tiene el trabajador universitario de sus derechos, razón
por la cual, hay tantas opiniones que repiten las ofertas engañosas del
gobierno. En el caso de la interescala de la FTUV, los porcentajes, bajan a un
3% entre cada cargo. Es un robo de nuestra intangibilidad y está aupada por los
partidarios del gobierno que comparten nuestra cotidianidad de trabajo. Hablar
de Salarios Mínimos irrespetando los porcentajes de la interescala es la treta
que nos están aplicando.
Prof. Gerardo Vásquez
Vicepresidente de APUC
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